Otra del Tribunal Superior «Justicia» Andalucía

TSJAEl TSJA niega a una médica de atención primaria la objeción al aborto. El tribunal andaluz da la razón a la Junta y afirma que la objeción de conciencia no es un derecho fundamental como sí lo es el derecho a la vida. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha emitido un fallo en el que limita el derecho a la objeción de conciencia del médico contrario al aborto al hecho de si se ve «directamente implicado» en el proceso llamado de Interrupción Voluntaria del Embarazo, no así en lo que respecta a la información y asesoramiento que estos profesionales deben de prestar en consulta ante cualquier mujer que acude a solicitar información para abortar. (EuropaPress-LibertadDigital)

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